Listado de entes de control que vigilan a la entidad y mecanismos de supervisión
Según el artículo 5 del Decreto 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá": Son organismos de control y vigilancia la: Personería, la Contraloría y la Veeduría.
Personería de Bogota. D. C
Control: Disciplinario
La Personería de Bogotá D.C. es un órgano de control del Distrito Capital que, con enfoque social, promueve la efectividad integral de los derechos de las personas, trabaja al servicio de la Ciudad, interviene y actúa como garante del respeto del ordenamiento jurídico, por parte de las autoridades públicas del Distrito Capital, y vigila la conducta de los servidores públicos. Esta entidad hace parte del Ministerio Público y tiene competencias en los entes territoriales, busca salvaguardar los derechos humanos y el adecuado uso de los recursos públicos.
Para establecer contacto con la entidad ingrese a http://www.personeriabogota.gov.co/
Dirección: Carrera 7 No. 21 ¿ 24 ¿ Bogotá, Colombia
PBX: (601) 382 04 50/80
Correo: institucional@personeriabogota.gov.co
Contraloría de Bogotá
Control: Fiscal
La Contraloría de Bogotá, D. C., es un organismo de carácter técnico, dotado de autonomía administrativa y presupuestal, al cual le corresponde la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital y de los particulares que manejen fondos o bienes públicos, en aras del mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos del Distrito Capital y en los términos y condiciones previstos en la Constitución Política, las Leyes y los Acuerdos. Esta entidad realiza control fiscal.
Para establecer contacto con la entidad ingrese a www.contraloriabogota.gov.co
Dirección: Carrera 69 No 44 ¿ 35 Piso 1 ¿ Bogotá, Colombia
PBX: (+57) 601 518 7000 / FAX: (+57) 601518 7001
Correo: cgr@contraloria.gov.co
Veeduría Distrital
Control: Preventivo
La Veeduría es un órgano de control y vigilancia de la Administración que tiene entre otros objetivos
Apoyar a los funcionarios responsables de lograr la vigencia de la moral pública en la gestión administrativa, así como a los funcionarios encargados del control interno, sin perjuicio de las funciones que la Constitución y las Leyes asignan a otros organismos o entidades;
Promover la participación ciudadana para el seguimiento, evaluación y control del diseño y ejecución de las políticas públicas, los contratos de la administración y la actuación de los servidores públicos, así como para la cogestión del desarrollo de la ciudad.
El control que la Veeduría Distrital realiza es preventivo.
Para establecer contacto con la entidad ingrese a www.veeduriadistrital.gov.co
Dirección: Edificio Tequendama Cra 7 #26-20 piso 34. ¿ Bogotá, Colombia
PBX: 57 601 3407666 / Línea Gratuita 01 8000 124646
Correo: correspondencia@veeduriadistrital.gov.co
Igualmente, según el artículo 8 del mismo Decreto, el Concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital. En materia administrativa sus atribuciones son de carácter normativo. También le corresponde vigilar y controlar la gestión que cumplan las autoridades distritales.
Otros Organismos de Control son:
Procuraduría General de la Nación:
Control: Disciplinario
La procuraduría General de la Nación, ejerce, de acuerdo a lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público.
Para establecer contacto con la entidad ingrese a www.procuraduria.gov.co
Dirección: Carrera 5 # 15-80 ¿ Bogotá, Colombia
PBX: 57 1 587 8750, línea gratuita nacional: 01 8000 940 808
Correo: Sede electrónica
Contraloría General de la República
La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. La ley 42 de 1993 Artículo 4° Establece ¿El control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. Este será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales y municipales y conforme a los procedimientos, sistemas, y principios que se establecen en la presente Ley¿.
Para establecer contacto con la entidad ingrese a www.contraloria.gov.co
Dirección: Carrera 69 No 44 ¿ 35 Piso 1 ¿ Bogotá, Colombia
PBX: (+57) 601 518 7000 / FAX: (+57) 601518 7001
Correo: cgr@contraloria.gov.co
También tienen funciones de evaluación, control y seguimiento, con carácter interno:
Oficina de Control Interno: Evalúa el estado de implementación, funcionamiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno de la Entidad y propone las recomendaciones para su mejora continua. Tiene por objeto, evaluar los planes, programas, metas y objetivos previstos y proponer los correctivos necesarios dentro de los criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, efectividad, economía y celeridad de la administración pública. Artículo 9 del Decreto Distrital 109 de 2009 y Ley 87 de 1993.
Oficina de Control Interno Disciplinario: Conoce los asuntos disciplinarios contra los servidores y ex servidores públicos de la entidad. (Literal del artículo 12 del Decreto Distrital 109 de 2009: Subsecretaria General y de Control Disciplinario Ejercer la función disciplinaria en primera instancia y velar porque la misma se cumpla de conformidad con el ordenamiento jurídico.